Comité de Afectados del Casco Viejo de Corralejo
C/ Hermanos Machado, nº 22
35600 Puerto del Rosario
Tf: 669415914
Premio Cabildo de Fuerteventura al Mérito Social 2006
NOTA DE PRENSA
Martes, 21 de octubre de 2008
Estos resultados del alto Tribunal afecta a 6 propiedades que se encuentran enclavadas en el casco viejo de Corralejo pertenecientes a los vecinos D. Elías Carballo Rodríguez, D. Manuel y D. Marcos Figueroa Sosa, D. Jaime Estévez Santana, D. Ramón Guerra de León, D. Esteban Umpiérrez Estevez y Dª. Carmen Santana Figueroa.
Los Magistrados Ponentes D. Juan Antonio Xiol Ríos, D. Xavier O´Callaghan Muñoz y D. Ignacio Sierra Gil de la Cuesta no admiten ninguno de los recursos interpuestos por la entidad DELVAL INTERNACIONAL, S.A. por considerarlos improcedentes al plantear a través de los mismos, cuestiones que exceden del recurso casacional.
El Tribunal Supremo reitera en los Autos dictados que se debe plantear en el recurso de casación cuestiones jurídicas de modo preciso y razonado, sin apartarse de los hechos, pues no cabe la revisión de la base fáctica de la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas. Por ello, los Magistrados señalaron que los escritos de interposición presentados por los servicios jurídicos de José Manuel Jiménez del Valle, son escritos alegatorios propios de la instancia y no, como resulta exigible, desarrollando adecuadamente las vulneraciones sustantivas que considera producidas en las sentencias recurridas.
Es decir, los Ponentes manifiestan en sus Autos que en los recursos de casación que se presenta ante el Tribunal Supremo no se pueden alegar cuestiones nuevas que no hayan sido debatidas en los Juzgados de Primera Instancia obviando los hechos declarados probados e intentando una nueva e imposible valoración de la prueba practicada.
Por lo tanto, al desconocer DELVAL INTERNACIONAL, S.A. la técnica casacional donde exige “razonar sobre las infracciones legales”, y exponer en los recursos una visión parcial y subjetiva de los hechos y de la valoración probatoria es por lo que, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha inadmitido los recursos interpuestos por la representación de José Manuel Jiménez del Valle, resultando firmes las sentencias dictadas por las diferentes Salas de la Audiencia Provincial donde consideran que los vecinos del casco viejo de Corralejo son los legítimos propietarios de las casas donde residen.
Coinciden todos los Magistrados en que la sociedad DELVAL INTERNACIONAL, S.A. no puede considerarse Tercero hipotecario de buena fe y por lo tanto, quedar amparada por la fe pública registral, al tener claramente conocimiento que cuando adquirió el resto de finca sabía que en el casco viejo de Corralejo había casas habitadas por sus dueños y sobre todo, porque reconoció en el juicio que vivía en la zona desde 1988.
Por último, el Auto señala que los vecinos de Corralejo han mantenido la posesión de sus viviendas de forma pública, pacífica e ininterrumpida como así lo demuestran las pruebas documentales, consistentes en los justificantes de pago de los tributos correspondientes a bienes inmuebles, basura y alcantarillado.
Con estos nuevos autos, los resultados judiciales fallados a favor de los vecinos del casco viejo de Corralejo son los siguientes:
ü Juzgado de Primera Instancia de Puerto del Rosario: Treinta (30).
ü Audiencia Provincial de Las Palmas: Diecisiete (17).
ü Tribunal Supremo: Nueve (9).
ü Dirección General de los Registros y del Notariado: Dos (2).